Nueva normativa para viajar en octubre
Desde este 1 octubre, y según el Acuerdo de Comercio y Cooperación entra la UE y el Reino Unido, todos los viajeros que entre en suelo británico deben llevar el pasaporte. Ya no es válido el DNI. Al pasajero se le podría requerir el sellado del pasaporte, por lo que deben quedar hojas libreas antes de comenzar el viaje.
Los pasajeros que viajen del Reino Unido a España también tienen que llevar el pasaporte, para lo cual será obligatorio el sellado del pasaporte y responder a las preguntas de control de la Policía Nacional.
Sin embargo los pasajeros del Reino Unido estarían junto a los de la Unión Europea para poder hacer uso de los sistemas de control automático de control de pasaportes (los ABC). Los viajeros británicos todavía pueden realizar visitas cortas sin visado a la UE, siempre que el Reino Unido también conceda acceso sin visa a los nacionales de la Unión Europea.
Aun así a finales del 2022 deberán los ciudadanos británicos deberán solicitar una autorización de viaje ETIAS. Este sistema permite preseleccionar a los viajeros antes de que tomen un avión. El Reino Unido está incluido entre los 60 países que no necesitan tramitar una visa para sus ciudadanos en su embajada o consulados, pero si realizar en línea una autorización ETIAS.
Por otro lado, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha eliminado también a partir de este 01 octubre el control sanitario para los viajeros que lleguen desde la península. Ya no es necesario que presenten un certificado vacunal contra la COVID-19, una prueba de infección negativa o la acreditación de haber pasado la enfermedad (PDIA). Aun así, esta normativa continuará vigente en los alojamientos turísticos donde deben presentar en el recinto hotelero un certificado vacuna, una prueba diagnóstica o test antígenos para el viaje, o haber superado la enfermedad.


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